¿Qué es la Ley 8-90? La Ley de Zonas Francas de la República Dominicana Explicada 2026
La Ley 8-90 — formalmente «Ley sobre Fomento de las Zonas Francas de Exportación» — es el instrumento legal fundamental que rige el sector de manufactura en zonas francas de la República Dominicana. Promulgada en 1990 y posteriormente modificada, la Ley 8-90 establece el paquete completo de incentivos fiscales: cero impuesto sobre la renta corporativa, cero aranceles de importación/exportación, cero IVA en transacciones de zona y repatriación irrestricta de ganancias, que han convertido a la RD en uno de los destinos de manufactura más competitivos del hemisferio occidental.
¿Qué Proporciona la Ley 8-90?
| Beneficio | Detalle |
|---|---|
| Impuesto sobre la Renta de Sociedades | 0% de exención por 20 años desde la fecha de inicio de operaciones (renovable) |
| Aranceles de Importación | 0% sobre todos los bienes importados a la zona franca: materias primas, maquinaria, equipos, embalajes, piezas |
| Aranceles de Exportación | 0% sobre todas las exportaciones desde la zona franca |
| IVA (ITBIS) | 0% sobre todas las transacciones dentro de la zona franca |
| Impuestos Municipales | 0% de exención por 20 años |
| Repatriación de Ganancias | 100% irrestricta — sin retención fiscal sobre dividendos remitidos a empresas matrices extranjeras |
| Repatriación de Capital | 100% irrestricta |
¿Quién Administra la Ley 8-90?
El CNZFE (Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación) es la autoridad regulatoria responsable de: (1) emitir licencias de operación a empresas que establecen operaciones manufactureras en zonas francas; (2) aprobar nuevos operadores de parques industriales; (3) supervisar el cumplimiento de los requisitos de la Ley 8-90; (4) recabar informes estadísticos anuales de las empresas de zona; y (5) revocar licencias por incumplimiento. El CNZFE reporta al Ministerio de Industria, Comercio y MiPymes (MICM).
¿Qué es la Exención Fiscal de 20 Años?
La Ley 8-90 otorga una exención del impuesto sobre la renta corporativa de 20 años, contados a partir de la fecha de la primera operación productiva de la empresa en la zona franca (no desde la fecha de licenciamiento). Después de 20 años, la empresa puede solicitar renovación de la exención. En la práctica, el gobierno dominicano ha renovado consistentemente las exenciones para empresas en operación, y muchas empresas de zonas francas han operado durante 30+ años bajo exención continua.
¿Qué Productos se Pueden Fabricar bajo la Ley 8-90?
La Ley 8-90 aplica a operaciones de manufactura cuyo propósito principal es la exportación — al menos el 80% de la producción debe exportarse. Los sectores elegibles incluyen:
- Textiles, confección y calzado
- Dispositivos médicos y productos sanitarios
- Componentes eléctricos y electrónicos (arneses de cables, ensamblajes)
- Manufactura farmacéutica
- Tabaco y cigarros
- Artículos de cuero y accesorios
- Artículos deportivos y juguetes
- Fabricación metálica y piezas de precisión
- Embalajes y productos promocionales
- Componentes automotrices y productos de caucho
¿Cómo Interactúa la Ley 8-90 con CAFTA-DR?
CAFTA-DR y la Ley 8-90 funcionan como marcos complementarios. La Ley 8-90 rige el tratamiento fiscal doméstico de las operaciones en zonas francas — eliminando el impuesto sobre la renta corporativa. CAFTA-DR rige el tratamiento aduanero en EE.UU. de los bienes producidos en zonas francas de la RD — eliminando los aranceles de importación estadounidenses para productos que cumplen las reglas de origen de CAFTA-DR. Juntos crean el paquete de incentivos fiscal completo: 0% impuesto societario en RD + 0% arancel de importación EE.UU. + 0% arancel de importación en RD sobre insumos.
¿Está Vigente la Ley 8-90 en 2026?
Sí. La Ley 8-90 permanece plenamente vigente en 2026, y el gobierno dominicano ha reafirmado consistentemente su compromiso con el marco de zonas francas como pilar central de la política de desarrollo económico nacional. El sector de zonas francas emplea aproximadamente 180.000 dominicanos y genera más de $6.000 millones anuales en exportaciones.
¿Cómo Establecerme bajo la Ley 8-90?
El proceso para establecer una empresa de zona franca bajo la Ley 8-90 implica: (1) constituir una entidad legal dominicana; (2) seleccionar un parque industrial de zona franca autorizado; (3) firmar un contrato de arrendamiento con el operador del parque; (4) presentar una solicitud de licencia al CNZFE con plan de negocios, lista de maquinaria y documentación financiera; (5) recibir la aprobación del CNZFE y firmar el Convenio operativo; (6) registrarse ante la aduana dominicana (DGA) como operador de zona franca. Cronograma total desde el concepto hasta la producción: 24–54 semanas. Esco Global Strategies asiste a los clientes en cada paso de este proceso. Inicie su evaluación de establecimiento bajo la Ley 8-90 con EGS.
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